¿El médico puede aceptar realizar una técnica de reproducción asistida, en
las que la mujer padezca
patología psíquica importante
(y/o eventualmente
el marido), de tal modo que de conseguirse la gestación,
pudiera
comprometer su salud o la de la descendencia?.
La Ley es contundente ninguna mujer será discriminada por discapacidad
(disposición adicional quinta de la Ley 14/2006
“Garantía de no
discriminación de las personas con discapacidad”)
dice:
“Con arreglo a lo
dispuesto en Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y
accesibilidad universal de las personas con discapacidad,
las personas con
discapacidad gozarán de los derechos y facultades reconocidos en esta Ley,
no pudiendo ser discriminadas por razón de discapacidad en el acceso y
utilización de las técnicas de reproducción humana asistida....”
Premisa legal
Técnicas reproductivas en pacientes con capacidad cuestionada
Aspectos legales. Fertilidad sin límites?