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¿El médico puede aceptar realizar una técnica de reproducción asistida, en

las que la mujer padezca

patología psíquica importante

(y/o eventualmente

el marido), de tal modo que de conseguirse la gestación,

pudiera

comprometer su salud o la de la descendencia?.

La Ley es contundente ninguna mujer será discriminada por discapacidad

(disposición adicional quinta de la Ley 14/2006

“Garantía de no

discriminación de las personas con discapacidad”)

dice:

“Con arreglo a lo

dispuesto en Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y

accesibilidad universal de las personas con discapacidad,

las personas con

discapacidad gozarán de los derechos y facultades reconocidos en esta Ley,

no pudiendo ser discriminadas por razón de discapacidad en el acceso y

utilización de las técnicas de reproducción humana asistida....”

Premisa legal

Técnicas reproductivas en pacientes con capacidad cuestionada

Aspectos legales. Fertilidad sin límites?