Receta Médica Privada
A partir del 21 de enero de 2013, según lo establecido en el Real Decreto 1718/2010 sobre receta médica y órdenes de dispensación, las recetas médicas privadas, tanto en soporte papel como electrónico, incorporan medidas de seguridad que garantizan su autenticidad, identidad del prescriptor y su habilitación para el ejercicio profesional.
El citado Decreto atribuye a los consejos generales de colegios Médicos, Odontólogos y Podólogos la competencia para los Médicos en ejercicio privado sobre la receta médica privada y le responsabilizan de la edición, gestión, control de la misma tomar y de introducir las medidas o sistemas necesarios que garanticen su autenticidad y dificulten el fraude. Es decir, convierte a estos consejos, a través de los colegios, en garantes para los profesionales, los empleadores de médicos y, sobre todo, para los ciudadanos.
![Receta Médica Privada en soporte electrónico](/sites/main/files/styles/square_l/public/2022-02/20211217_receta.jpg?itok=PcfLljor)
En soporte electrónico
El 19 de Diciembre de 2019, los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos firmaron un Convenio de colaboración por el que se fijan las bases, puesta en marcha, funcionamiento y gobernanza del Sistema de Receta Privada Electrónica.
![Receta médica Privada en soporte papel](/sites/main/files/styles/square_l/public/2022-02/tiene-validez-legal-una-receta-medica-hecha-sobre-un-folio-blanco--3986_620x368%20%281%29.png?itok=gt2Er6vY)
En soporte papel
La receta médica privada es un documento normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos, odontólogos o podólogos, legalmente facultados para ello, y en el ámbito de sus competencias, prescriben a los pacientes medicamentos sujetos a prescripción médica para su posterior dispensación en las oficinas de farmacia. Suponen un medio fundamental para la transmisión de información entre profesionales sanitarios y una garantía para los pacientes.