BQM_2021

EL BUEN QUEHACER DEL MÉDICO 32 para el paciente y en caso de disconformidad recurri- rá a la vía judicial. a) Si el paciente no tiene la capacidad de obrar judi- cialmente modificada y a juicio del médico goza de capacidad natural, el mé- dico decidirá por si mismo, con la ayuda de personas vinculadas por razones fa- miliares o, de hecho. b) Si el paciente tiene la capacidad judicialmen- te modificada o no está en condiciones de com- prender la información, el médico debe informar a su representante legal o a las personas vinculadas por razones familiares o de hecho que darán o no el consentimiento. El médico ha de procurar ser considerado con los allegados de su paciente, ser delicado y receptivo a la hora de facilitarles in- formación y ayuda, pero siempre respetando el criterio de confidenciali- dad, contrastando con su paciente la información que va a compartir con ter- ceros. El médico debe adquirir las aptitudes adecuadas para una correcta comunica- ción con sus pacientes en cualquier ámbito, siendo de especial relevancia la comunicación de malas noticias. El médico, cuando esté de guardia, ha de ser fácil de localizar, tanto para la atención clínica de los pa- cientes como para propor- cionar información, con- sejo o ayuda a los colegas que lo soliciten. El médico debe ser sincero y ganarse la confianza de pacientes, familiares y co- legas en todas sus comu- nicaciones. Esto significa que debe dejar claros los límites de sus conocimien- tos y ha de hacer las com- probaciones razonables para asegurar la precisión de sus informaciones. El médico, cuando informa a los medios de comunica- ción, tiene la obligación de mantener la confidenciali- dad de sus pacientes. El médico cuando conoce malos tratos, lo comunica a quien proceda obviando en este supuesto el princi- pio del secreto profesional 64) 63) 65) 66) 67) 68)

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