BQM_2021

EL BUEN QUEHACER DEL MÉDICO 20 El médico debe informar con diligencia, tanto a los centros donde trabaja como a sus pacientes pri- vados, de cualquier res- tricción que le impongan las autoridades profesio- nales o judiciales en su ejercicio profesional. El médico debe actuar con honradez y transparencia en las relaciones econó- micas o comerciales con pacientes, empresarios, compañías de seguros y cualquier otra organiza- ción o persona. El médico no debe permitir que intereses particulares influyan en sus indicacio- nes diagnósticas o tera- péuticas, en la derivación de pacientes a otros pro- fesionales sanitarios o en el encargo de servicios. El médico tiene la obli- gación de declarar la po- sibilidad de conflicto de intereses en cualquier circunstancia, e incluso se debe abstener de partici- par cuando el conflicto se dé en el contexto de toma de decisiones. El médico no debe aceptar ni pedir ningún incentivo, obsequio o atenciones so- ciales que puedan afectar a su manera de prescribir, tratar, derivar pacientes o encargar servicios. Tam- poco debe ofrecer ningún tipo de incentivo, ni a sus pacientes ni a otros com- pañeros profesionales se- gún expone el CDM 17 . 34) 35) 36) 37) 38) 17 Artículo 66.6 del CDM: Ver Anexo I.

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