Libro Blanco UEMS - 2018

32 cialidad médica. Está compuesta por médicos especialistas designados por las diferentes asociaciones médicas nacionales que son miembros del Consejo de la UEMS. Las Secciones Especializadas de la UEMS desarrollan normas, re- comendaciones y proponen programas europeos de formación de su especialidad. Cualquier especialidad podrá solicitar al Consejo crear su propia Sección si está reconocida como una especialidad independiente en al menos 1/3 de los Estados miembros. Todas las Secciones tienen el derecho a crear su propio Consejo para abordar los intereses científicos y de formación. Cada delegación en favor de una Sección consistirá en dos delega- dos del país de cada país miembro del Consejo de la UEMS nombrado por dicho miembro del Consejo. Cada delegación en favor de un Consejo consistirá en dos miem- bros, uno de la Sección y otro de la Sociedad académica o científica reconocida del país. El Consejo de la UEMS es la única entidad con derecho a crear una sección especializada. Se establece que “cualquier especialidad podrá soli- citar al Consejo la creación de su propia Sección si se reconoce como espe- cialidad independiente en al menos un tercio de los Estados miembros “. Criterio para crear una Sección especializada Para que una disciplina sea reconocida como una especialidad de la UEMS, con miras a la formación de una sección, debe ser reconocida como una especialidad independiente por más de un tercio de los Es- tados miembros de la UE y debe estar registrada en el Diario Oficial de la Unión Europea y cumplir las siguientes condiciones, según lo esta- blecido por el Consejo el 3 de noviembre, 1979: • La especialidad debe llevarse a cabo eficazmente, en esencia, en la práctica exclusiva, por especialistas competentes en un país miembro de la UEMS de pleno derecho;

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