Libro Blanco UEMS - 2018

26 La UEMS está formada por al menos tres miembros de pleno de- recho, personas legítimas, constituidas legalmente de acuerdo con las leyes y costumbres de su país de origen. Cualquier organización que represente a los médicos especialistas que tengan personalidad jurídica o estén constituidos de acuerdo a las leyes y costumbres de su país de origen también puede convertirse en Miembro de pleno derecho de la UEMS siempre que se cumplan las siguientes condiciones: • Solo la organización profesional nacional no gubernamental más representativa de un Estado Miembro de la Unión Europea o país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Euro- peo que represente a los especialistas médicos podrá ser elegida para convertirse en Miembro de pleno derecho de la UEMS. Los Miembros de pleno derecho componen el Consejo de la UEMS con derecho a voto. Los delegados de cada organización miembro nacional tienen la obligación de: • Objetivamente y sin retraso, informar a los especialistas en sus países de las actividades y decisiones de la UEMS: • Enviar a la Secretaría General, al menos una vez cada doce me- ses, no más tarde de los dos meses antes de la fecha de la reu- nión del Consejo, un resumen por escrito sobre el desarrollo de la situación profesional de los médicos especialistas en su país.

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