Revista 47 Cgcom

D urante la Jornada, el Dr. José Ma- ría Rodríguez Vicente, secretario general del CGCOM, destacó que “la Medicina no es una profesión exenta de riesgos”. Subrayó que a los médicos se les juzga por sus actos, pero su objetivo siempre es prestar la mejor atención a los pacientes e incidió en que “el Derecho y la Medicina van de la mano”, por lo que es necesario que los profesionales sanitarios tengan conocimientos legales de asuntos que les afectan directamente. El Dr. Rodrí- guez Vicente comentó que jueces y médi- cos “nos necesitamos y si hubiera una ma- yor comprensión se reduciría la medicina defensiva y se daría una mejor asistencia si el facultativo pudiera ejercer su labor sin miedo”. La Vocalía Nacional de Médicos de Adminis- traciones Públicas del CGCOM, que lidera la Dra. Sonsoles Castro, organizó la cita en la que participaron la Dra. María Ibáñez, vocal de AA PP del Colegio de Médicos de Bada- joz; Javier Moreno, abogado especializado en Derecho Sanitario y Seguridad del Paciente; Gregorio Álvarez, magistrado juez del Juzga- do de Instrucción número 4 de Salamanca; Dr. Julio Jiménez, vocal de AAPP del Colegio de Médicos de Ourense; Dra. María Obregón, vocal de AA PP del Colegio de Médicos de Cantabria; y Dr. Antonio Hidalgo, vocal de AA PP del Colegio de Médicos de Cuenca. La Dra. Sonsoles Castro expuso que “la responsabilidad de los profesionales sani- tarios, cualquiera que sea su modalidad de ejercicio, es un tema siempre actual y de gran importancia social. A pesar de la abun- dante literatura y jurisprudencia consolida- da sobre el tema, cualquier aproximación suscita siempre gran interés”, porque según explicó “preocupa al colectivo y hace que cada vez sea más numerosas las preguntas y consultas por parte de los médicos”. La Dra. María Ibáñez detalló que cuando un paciente considera haber sido agraviado a consecuencia del ejercicio profesional de un médico, éste puede reclamarle responsa- bilidad en base a una imputación culposa, corriendo la persona del paciente con la car- ga probatoria en tales extremos. “Si hubie- ra sido damnificado a consecuencia de la actuación de los prestadores de la salud, además del perjuicio ocasionado, el pa- ciente puede sufrir una pérdida de capaci- dad productiva con la necesidad de cuida- dos costosos, por lo que es lógico y normal que, per se o bien a través de familiares o deudos, se inicie un proceso de reclama- ción de responsabilidad para procurar una compensación económica que le permita paliar la situación de perjuicio que le ha to- cado sobrellevar”, comentó. La Dra. Ibáñez aseguró que las vistas orales se transforman en los procedimientos de reclamación de responsabilidad profesional del médico en escenarios altamente exi- gentes y estresantes para el perito y éste ha de conocer la complejidad y trascenden- cia de la prueba pericial extremando si cabe, la prudente ponderación entre capacidades y conocimientos y la prueba pericial enco- mendada que, dependiendo del orden juris- diccional del que emane el encargo, presen- tará unas u otras peculiaridades. Javier Moreno destacó que “la Medicina es una actividad generadora de riesgos: para los pacientes, para los profesionales y para las organizaciones sanitarias”. Tras analizar las especialidadesmédicasmás reclamadas, se distinguen distintas vías de reclamación del daño sanitario, por un lado, las responsabilidades personales de los mé- dicos: vía civil, en la sanidad privada, donde se busca reparación económica; y vía penal, que se da en la sanidad pública y en la sanidad privada, donde se pretende castigo y repara- ción económica y, por otro, las responsabili- dades institucionales, vía contenciosa-admi- nistrativa, (responsabilidad patrimonial de la Administración) y vía civil (responsabilidad de las organizaciones sanitarias), que persigue reparación económica. Gregorio Álvarez hizo hincapié en que en el ámbito penal uno de los asuntos más com- plejos es “la dogmática penal en materia de imprudencia”. La imprudencia se construye a partir de la evaluación del cumplimiento del deber de cuidado objetivo o subjetivo, a la vista de un resultado. “Existe una relación causal y unos criterios de imputación del re- sultado. Esto determina qué es importante para recabar los datos de la investigación, analizando las actuaciones que se atribu- yen al médico para evaluar si su conducta se atiene al deber de cuidado”, explicó el magistrado, que también destacó la tras- cendencia de la historia clínica. El Dr. Julio Jiménez aludió al método del aná- lisis retrospectivo en las demandas por res- ponsabilidad sanitaria, estudio cronológico de los acontecimientos sanitarios y valora- ción final del caso concreto. Expuso un caso real en el que, tras la presentación de datos y valoración forense inicial, por parte de los otros ponentes, uno defendió la incorrección de la actuación sanitaria conforme a la lex ar- tix y otro la posición contraria. Moreno, Dr. Rodríguez Vicente, Dra. Castro, Dra. Ibáñez, Dr. Jiménez y Dra. Obregón El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos acogió una Jornada sobre Responsabilidad Profesional del Médico en la que se puso de manifiesto que “Medicina y Derecho van de la mano”. JORNADA SOBRE LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL MÉDICO “Es necesario que los profesionales sanitarios tengan conocimientos legales de asuntos que les afectan directamente” OMC 47 | NOTICIAS OMC | encuentros | 29

RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=