Revista 47 Cgcom
Los Consejos Generales de Médicos, Farmacéuticos y Dentistas piden precaución a la población a la hora de comprar medicamentos por internet Ante la aparición de algunas páginas web de venta de medicamentos y productos sanitarios que ofrecen a los ciudadanos asesoramiento on line sobre tratamientos, así como la proliferación en Redes Sociales de influencers que recomiendan tratamientos que precisan de un diagnóstico y de una prescripción, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), el Consejo Gene- ral de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF) y el Consejo General de Colegios de Dentistas se unen para recordar que estas acciones pueden suponer un riesgo para la salud de los pacientes. E n este sentido, los Consejos Gene- rales Sanitarios insisten y recuer- dan la normativa vigente, en la que se recoge que los únicos profesionales facultados para recetar medicamentos y productos sanitarios sujetos a prescrip- ción son los médicos, los odontólogos y los podólogos; y siendo los farmacéuticos los únicos competentes para su dispen- sación informada, previa presentación por el paciente de la correspondiente receta, velando por el cumplimiento de las pautas establecidas por el facultativo responsable del paciente en la prescripción y coope- rando en el seguimiento del tratamiento a través de los procedimientos de atención farmacéutica. “Tal y como se desprende del artículo. 1 del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, los únicos profesionales legalmente facultados para realizar una prescripción propiamente dicha de medi- camentos y productos sanitarios sujetos a dicha prescripción son los médicos, los odontólogos y los podólogos, cada uno de ellos, lógicamente, en el ámbito de sus competencias respectivas”, explica Óscar Castro Reino, presidente del Consejo Ge- neral de Dentistas. Por su parte, Jesús Aguilar Santamaría, presidente del Consejo General de Cole- gios Farmacéuticos, subraya la importan- cia de cumplir y de hacer cumplir la legis- lación vigente en esta materia. “Contamos con una normativa clara que garantiza y protege los derechos y la salud de los ciu- dadanos. Una seguridad de los pacientes que puede verse comprometida por seguir indicaciones o recomendaciones de perso- nal no cualificado, ni capacitado para ello. Una realidad que desde la propia profesión farmacéutica se está denunciando activa- mente ante las autoridades competentes, nacionales y autonómicas”, señala Jesús Aguilar. El Dr. Serafín Romero Agüit, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, declara que “las autoridades sa- nitarias (estatales, autonómicas y locales) deben reconocer las consecuencias deri- vadas de una indicación medicamentosa sin un previo diagnóstico y prescripción facultativa, así como el auge de consultas on line realizadas por profesionales sin la necesaria titulación y sin las competencias reconocidas, como problema de salud pú- blica a escala nacional, incluyéndola explí- citamente entre las prioridades reales de las políticas de salud y sanitarias, y cumplir los objetivos marcados en materia de se- guridad del paciente y de la iatrogenia. Es obligación del Consejo General de Colegios de Médicos el velar por la seguridad de los ciudadanos y pacientes”. REQUISITOS LEGALES PARA VENDER ME- DICAMENTOS ONLINE Asimismo, los Consejos Generales Sani- tarios recuerdan también que, debido a la proliferación de plataformas on line de venta de medicamentos, la Agencia Espa- ñola de Medicamentos y Productos Sani- tarios (AEMPS) emitió un comunicado en agosto explicando los requisitos para la venta legal de medicamentos. En él explica que, según el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la ven- ta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica. POSICIÓN CONJUNTA 16 | NOTICIAS OMC | declaraciones | OMC 47
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