-92Artículo 58.6 El médico debe preservar el anonimato del donante y del receptor de órganos, de tejidos y sangre. Artículo 58.7 El trasplante de estructuras y tejidos complejos solo se llevará a cabo en caso de problema de salud y funcionalidad grave. Artículo 59 El médico responsable de un proceso de donación de órganos o de tejidos debe comprobar que no existe una negación explícita a la donación por parte del posible donante. Artículo 60.1 En el caso de donante vivo, el médico debe velar por que exista una relación razonable entre el riesgo para el donante y el beneficio para el receptor. Artículo 60.2 En el caso de donante vivo, el médico debe seguir el protocolo previsto en la legislación, así como el consensuado por todos los profesionales implicados en el proceso, consultando al Comité de Ética Asistencial del centro y, si procede, a la Comisión de Deontología del Colegio.
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