-33CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA - 2022 Artículo 11.3 El médico debe fomentar y promover la atención integral a los problemas de salud mental, evitando estigmatizar al paciente. En su caso, deberá considerar cuidadosamente la institucionalización como medida terapéutica o, en su caso, la oportunidad del tratamiento forzoso del paciente. Artículo 12.1 En la asistencia a menores de edad el médico, como garante de los derechos del paciente, tiene una especial exigencia. Siempre debe primar el interés superior del menor sobre cualquier otra consideración. Artículo 12.2 El mayor de 16 años goza de presunción de capacidad para tomar decisiones sobre actuaciones asistenciales ordinarias. La práctica de ensayos clínicos y la práctica de técnicas de reproducción humana asistida se rigen por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las disposiciones especiales de aplicación. Artículo 12.3 La opinión del menor de 16 años debe ser tenida en cuenta según su grado de madurez, tras haberle facilitado información suficiente, y es deber del médico realizar esta evaluación. Si su madurez se reputara suficiente recibirá trato, en materia de consentimiento, como si fuera mayor de 16 años.
RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=