-23CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA - 2022 Artículo 6.2 El médico debe velar por la calidad, la seguridad y la eficiencia de su práctica profesional, principales instrumentos para la promoción, defensa y restablecimiento de la salud de sus pacientes y de la comunidad. Artículo 6.3 El médico ha de ser consciente de sus deberes profesionales para con la sociedad. Está obligado a procurar la mayor eficacia y eficiencia de su trabajo y el rendimiento óptimo de los medios que la sociedad pone a su disposición. Artículo 6.4 Siendo el sistema sanitario el instrumento principal de la sociedad para la atención y promoción de la salud, el médico ha de velar por que en él se den los requisitos de calidad, suficiencia asistencial y mantenimiento de los principios éticos. En cualquier ámbito en el que desarrolle su trabajo, el médico está obligado a denunciar las deficiencias, en tanto puedan afectar la correcta atención de los pacientes. Artículo 6.5 El médico tiene el deber y el derecho de ejercer su profesión con autonomía profesional e independencia clínica. Tiene la libertad de explicar su opinión profesional respecto a la atención y el tratamiento de sus pacientes sin influencia de partes o personas externas, en beneficio de dichos pacientes y de la sociedad.
RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=