_70 CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA - 2022 Artículo 71.1 La investigación con seres humanos solo debe realizarse cuando el avance científico no sea posible por otros medios de eficacia comparable o en aquellas fases de la investigación en las que sea imprescindible. Artículo 71.2 Es contraria a la Deontología Médica la participación del médico en un proyecto de investigación que incluya seres humanos y que no haya sido previamente aprobado por un Comité de Ética de la Investigación. Artículo 71.3 Es contraria a la Deontología Médica la producción o manipulación de embriones con el objetivo de dedicarlos a la investigación. Las técnicas de reprogramación celular y transferencia nuclear u otras relacionadas solo son aceptables si cumplen los principios deontológicos recogidos en este código. Artículo 71.4 La conservación de células pluripotenciales o de sangre del cordón umbilical exige proporcionar, con carácter previo, información completa sobre las posibles prácticas presentes y futuras con dicho material biológico.
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