Código de Deontología Médica

_28 CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA - 2022 Artículo 19.2 Si un médico observa que, por razón de edad, enfermedad u otras causas, se deteriora su capacidad de juicio o su habilidad técnica, debe pedir consejo a algún compañero para que le ayude a tomar una decisión acerca de su futuro. Artículo 19.3 Si el médico no es consciente de sus deficiencias y estas fueran advertidas por otro compañero, este último está obligado a comunicárselo y, en caso necesario, a ponerlo en conocimiento del Colegio, de forma objetiva y con la debida discreción. Artículo 20.1 La prescripción es un elemento esencial del acto médico, por lo que el médico es responsable de realizarla. Artículo 20.2 El médico tiene que disponer de libertad de prescripción, respetando la evidencia científica, las indicaciones autorizadas y la eficiencia. Artículo 20.3 La colaboración con la industria farmacéutica puede ser conveniente en la investigación, el desarrollo y la seguridad de los medicamentos. Es contrario a la Deontología Médica solicitar o aceptar contraprestaciones a cambio de prescribir un medicamento o de utilizar un producto sanitario.

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