V Convención de la Profesión Médica

V Convención de la Profesión Médica y explicar que hay razones sólidas para argumentar que, si no existiera esta figura, sería conveniente crearla, por el bien de la Medicina, si se entiende, claro está, que estamos ante una profesión de servicio público. El Prof. Rozman lo explicó muy bien en su discurso de ingreso en la Real Academia de Medicina Española al preguntarse cuál es la esencia de la Medicina: “No tengo ninguna duda en afirmar que nuestra profesión es de tipo vocacional y consiste en anteponer siempre el bienestar de los pacientes a los propios intereses. Ello comporta un cierto grado de abnegación”. Esta reflexión nos sitúa ante la dimensión ética como núcleo duro del reconocimiento y la autenticidad de la profesión médica, lo cual se traduce en que el objeto más específico de la autorregulación que la sociedad ha encomendado a los colegios profesionales sea el compromiso con una exigencia de conducta que va más a allá de los requerimientos de la legalidad. A la hora de definir el marco normativo de la actividad profesional caben cuatro posiciones: 1. Tesis de la libertad profesional absoluta. Todo quedaría sometido a los valores, criterios y decisiones personales de cada profesional, con libertad absoluta. Si bien se trata de una posición que en nuestro tiempo sería difícilmente defendible, en ocasiones se pueden escuchar razonamientos de este estilo aplicados a la libertad de prescripción como un derecho absoluto del médico, haciendo una interpretación del concepto de libertad equivalente a la arbitrariedad, desvinculado de la responsabilidad personal.

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