V Convención de la Profesión Médica

V Convención de la Profesión Médica libertad, que pueden acertar o equivocarse, y desempeñar recta o torcidamente sus cometidos y obligaciones. Si los colegios dejaran estatutariamente de perseguir prioritariamente el bien del enfermo, dejarían ipso facto de ser colegios y serían otra cosa. Eso, por fortuna, nunca ha ocurrido. La acusación de corporativismo imputada al colegio como institución es imposible, porque la esencia del colegio coincide con la de la vocación médica: buscar el bien del enfermo y velar por él. Otra cosa bien distinta son los juicios éticos que merezcan las acciones de los médicos, individualmente o como grupos. Entonces sí podremos reprochar a unos haber caído en un corporativismo malsano. Y no necesariamente tendríamos que felicitar a los que dan prioridad al bien del enfermo, porque esa es su obligación. Para que la gestión colegial pueda llevarse a cabo con el mayor acierto y ponderación, para evitar la visión sesgada y unilateral del corporativismo, está establecido que los órganos de gestión colegial, los han de tener una estructura pluripersonal, colegiada, que delibere y resuelva con madurez y ponderación los problemas. Y a todos los niveles han de existir estructuras accesibles a todos, ciudadanos y colegiados, a las que recurrir, abiertas siempre a instancias más elevadas a las que recurrir, organizadas en un sistema que ofrece garantías suficientes de publicidad y transparencia, de equidad y justificación. 8. Se reprocha a los colegios que sus por los propios profesionales autorregulados. Aunque no es humanamente posible establecer normas que a todos gusten, es necesario que las normas y reglamentos se establezcan después de hacer las convenientes consultas a los grupos interesados, para recibir sus sugerencias y críticas. Conviene siempre

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