V Convención de la Profesión Médica

V Convención de la Profesión Médica Dotar de virtualidad y confiabilidad este ámbito de corresponsabilidad en las relaciones institucionales forma parte de los valores compartidos por el bien común en nuestro ámbito sanitario y social. La necesidad de la Organización Médica Colegial y la justificación de la colegiación universal surgen: a. Por la relevancia social de los principios constitucionales que salvaguarda y por responder a derechos o bienes fundamentales . El control universal de la profesión médica garantiza para todos los ciudadanos un servicio profesional y humanista éticamente responsable. Esta potestad la tienen los Colegios de Médicos, garantes como son de la mejor praxis médica. b. Por el marco regulatorio de la propia colegiación universal que forma parte del contrato social implícito de la profesión médica con la propia sociedad, bajo el principio de subsidiariedad. c. Porque la propia naturaleza de la profesión médica, desde la categorización sociológica moderna, otorga capacidad de autorregulación profesional para reforzar las funciones y competencias subsidiarias de servicio incondicional a la ciudadanía sanitaria. d. Porque los objetivos, acciones y proyectos promovidos por los Órganos Rectores Colegiales de los médicos responden a políticas activas de promoción de la salud y de garantías de un profesionalismo socialmente responsable. e. Porque la Institución Colegial Médica contribuye a articular un tejido profesional, cívico y social insustituible en el marco de una sociedad civil avanzada y participativa. f. Porque permite que los profesionales médicos se involucren más activamente en el sistema de gobernanza de los derechos sustantivos de ciudadanía sanitaria, tutelados

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