V Convención de la Profesión Médica

V Convención de la Profesión Médica El tiene un concepto diferente, ya que se refiere a la conducta inadecuada de un profesional de la Medicina, que puede producir daño, lesión o muerte de un paciente por impericia, imprudencia o negligencia. La negligencia médica es un acto u omisión por parte de un profesional de la Medicina que se desvía de los estándares aceptados – “lex artis ad hoc” – en la comunidad médica (mala praxis). En nuestro país no existe una cultura de comunicación y recogida de los EA que suceden en la atención a los pacientes, por lo que no suelen recogerse habitualmente en las historias clínicas. Incluso se ocultan o justifican. “Lo peor no es cometer un error, sino tratar de justificarlo, en vez de aprovecharlo como aviso providencial de nuestra ligereza o ignorancia” (Santiago Ramón y Cajal). No obstante, sí existe un conocimiento suficiente de la frecuencia y distribución de los EA, así como de los factores contribuyentes en todos los ámbitos asistenciales a través de estudios puntuales: hospitales, Atención Primaria, cuidados intensivos, urgencias y centros sociosanitarios asistenciales. En el año 2006 se publicó un Estudio Nacional sobre los Efectos Adversos ligados a la Hospitalización (ENEAS 2005, Dirección General de la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, Ministerio de Sanidad), sobre una muestra de 24 hospitales y pacientes hospitalizados más de 24 horas. Este informe nos dio una primera idea de la situación en nuestro país. La incidencia de EA fue de un 8,4%; mayor en los hospitales pequeños, ocupó un lugar intermedio en los hospitales grandes y resultó menor en los medianos. A su vez, fue más elevada en los servicios médicos que en los quirúrgicos. El 45% se consideraron leves, el 39% moderados y el 16% graves. Un 42,8% de los efectos adversos se consideraron evitables.

RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=